A- de 2003
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Blanca Flor Vega
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se remitió el expediente al Juzgado Segundo Civil Municipal de Facatativá para que adelante la correspondiente actuación judicial.
Por lo anterior, esta Corte recordó que de acuerdo con el Art. 37 del Decreto 2591 de 1991, “son competentes para conocer de la acción de tutela, a prevención, los jueces o tribunales con jurisdicción en el lugar donde ocurriere la violación o la amenaza que motivaren la presentación de la solicitud”.
De esta manera, el sitio donde se materializa la violación o amenaza de cualquier derecho fundamental, es el factor que fija la competencia en razón del territorio de los jueces constitucionales, así las cosas, es éste el elemento que en primer lugar, debe tenerse en cuenta al analizar la competencia.
Siendo ello así, no le es dable al juez constitucional abstenerse de conocer de una acción de tutela con fundamento en que el domicilio del demandado se encuentra en territorio distinto al de su jurisdicción.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE:
- REMITIR el expediente al Juzgado 2 Civil Municipal de Facatativa para que adelante la correspondiente actuacion judicial.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.